Con un "certificado energético" PEA obligatorio para todos los anuncios de venta o alquiler de inmuebles

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Certificado energético - PEA

La Oficina de Prensa del Ministerio de Medio Ambiente y Energía emitió el siguiente comunicado:

En el marco de las políticas del Ministerio de Medio Ambiente y Energía para promover acciones de ahorro energético y el cultivo de la "conciencia energética" entre los ciudadanos, a partir del 1 dede A partir del 1 de enero de 2021, cambiará el régimen de los anuncios de venta o arrendamiento de bienes inmuebles, tal como se publican en la prensa y los medios electrónicos o se fijan en las agencias inmobiliarias.

La finalidad de la medida -prevista en la Ley 4122/2013- es brindar información completa a los interesados en la propiedad en locación o venta, de modo que la clase energética del edificio debe convertirse en un criterio clave para cualquier decisión. Esto se debe a que el consumo de energía para las necesidades básicas de la propiedad constituye la mayor parte de sus costes de funcionamiento y las partes interesadas deben tenerlo en cuenta antes de firmar un contrato de alquiler o de compra.

Certificado energético - PEA PEA_A+
Certificado energético - PEA

En concreto, todos los edificios en venta o alquiler están obligados a tener un Certificado de Eficiencia Energética (EPC), de modo que en todos los anuncios y listados comerciales figure la clase energética que indica. Por lo tanto, para poder entrar en el proceso de venta/alquiler, cada edificio debe contar previamente con un PEA válido.

Las agencias inmobiliarias pueden asumir un mandato de intermediación siempre que antes de cualquier publicidad y registro (prensa, Internet, etc.) dispongan de los datos de un CCE autorizado. Los anunciantes, periódicos y sitios de anuncios en línea no recibirán anuncios para su publicación que no tengan una declaración de clase energética.

Se señala que el Certificado de Eficiencia Energética es un elemento clave de la "identidad energética" del edificio y refleja el consumo total anual de energía calculado, en función de su uso, así como las emisiones anuales de dióxido de carbono (CO2). Se exige que el anuncio de cada propiedad muestre únicamente la categoría energética (A, B, etc.), como ya ocurre en muchos casos. No es obligatorio indicar los demás detalles de la EIA, también en el contexto de la protección de los datos personales del propietario del inmueble.

El suministro de información falsa y la emisión de PEP que no se correspondan con la realidad conllevan sanciones previstas en la legislación (imposición de multas). El propietario de la finca es responsable de proporcionar los datos y el PEA.

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